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Requisitos generales para recabar certificados de acciones

Entrega de certificados a nombre de personas naturales
- Documento de identidad.
- Certificado de acciones,en el caso de haberlo recabado anteriormente.
- Documentación que acredite que el titular domicilió en el lugar donde estuvo instalado el servicio telefónico.

Entrega de certificados a nombre de personas jurídicas:
- Solicitud presentada en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Copia legalizada de los estatutos donde figuren las facultades comerciales del representante legal.
- Certificado de vigencia de poder del representante expedido por la Dirección Nacional de Registros Públicos.
- Certificado de acciones en el caso de haberlo recabado anteriormente.
- Documento de identidad del representante.
- Documentación que acredite que el recurrente domicilió en el lugar donde estuvo instalado el servicio telefónico.

Entrega de duplicado de certificado por deterioro, extravío o sustracción:
- Solicitud presentada en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- En su caso, adjuntar el certificado de acciones deteriorada.
- Documento de identidad del recurrente.
- Documentación que acredite que el recurrente domicilió en el lugar donde estuvo instalado el servicio telefónico.

Modificación de nombre de certificado registrado a nombre de establecimientos comerciales sin personería jurídica:
- Solicitud presentada en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Copia legalizada de la Licencia Municipal de Funcionamiento y/o de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta o de algún documento que acredite fehacientemente su titularidad sobre el establecimiento comercial al momento en que las acciones fueron emitidas.
- Certificado negativo de inscripción de la denominaci6n comercial en el Registro Mercantil. - Certificado de acciones en el caso de haberlo retirado anteriormente.
- Documento de identidad del recurrente.

Rectificación de errores u omisiones en el nombre consignado en el certificado:
- Solicitud presentada en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Certificado de acciones en el caso de haberlo retirado anteriormente.
- Documento de identidad del recurrente.
- Documentación que acredite fehacientemente que el interesado domicilió en el lugar de instalación del servicio telefónico que originó la emisión de las acciones.

Cambio de nombre por sucesión hereditaria:
- Solicitud en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Documento de identidad de todos los recurrentes.
- Copia certificada o literal vigente de la partida registral donde obre inscrita la Sucesión Intestada o Testamentaria. Dicha copia certificada o literal debe ser extendida por Registro Público con una anticipación no mayor de un mes a la fecha de su presentación.
- En caso de sucesión testamentaria, testimonio de escritura pública o protocolización del testamento.
- En caso de herederos incapaces, copia certificada de resolución judicial que autoriza la disposición de sus bienes.
- Certificado de acciones en el caso de haberlo solicitado anteriormente.
- En su caso, los poderes respectivos.

Cambio de nombre por anticipo de legítima:
- Solicitud en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Testimonio de escritura pública de anticipo de ligítima donde conste que el accionista transfiere la propiedad de sus acciones a favor del recurrente.
- Documento de identidad.
- Certificado de acciones, en el caso de haber sido retirado anteriormente.

Cambio de nombre por partición de la masa Hereditaria:
- Solicitud en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Copia certificada o literal vigente de la partida registral donde obre inscrita la Sucesión Intestada o Testamentaria. Dicha copia certificada o literal debe ser extendida por Registro Público con una anticipación no mayor de un mes a la fecha de su presentación.
- Testimonio de la escritura pública de partición convencional o copia certificada de la resolución judicial ejecutoriada que declare la partición de las acciones. La partición también puede constar en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Documento de identidad de los recurrentes.
- Certificado de acciones en el caso de haber sido retirado anteriormente

Cambio de nombre por fusión de sociedades o cambio de denominación social:
- Solicitud en el Formato Unico del Colegio de Notarios.
- Testimonio de la escritura pública en donde conste la fusión o el cambio de denominación social.
- Copia certificada o literal de la partida donde conste inscrita la fusión o el cambio de denominación social.
- Certificado de acciones en el caso de haber sido retirado anteriormente.
- Copia legalizada de los estatutos donde figuren las facultades comerciales del representante legal.
- Certificado de vigencia de poder del representante expedido por la Dirección Nacional de Registros Públicos.
- Certificado de acciones en el caso de haberlo recabado anteriormente.
- Documento de identidad del representante.
- Documentación que acredite que el recurrente domicilió en el lugar donde estuvo instalado el servicio telefónico.

Formalidades de los documentos requeridos:
1.Documentos de identidad:
- Sólo se admitirá la presentación de L.E., D.N.I., con la respectiva constancia de sufragio, o C.E. o C.I.
- Deberá presentarse en original y copia.
- Tratándose de L.E. duplicada deberá presentarse, además,original y copia de otro documento de identidad.

2.Solicitud extendida en el Formato Unico del Colegio de Notarios:
- Debe consignarse (i) nombre del solicitante, (ii) número de su documento de identidad (L.E., D.N.I. o C.E. o C.I. si es persona natural y RUC si es persona jurídica),(iii) indicar el acto que solicita (entrega,emisión de duplicado, modificación, rectificación, cambio de nombre), (iv) indicar el número de servicio telefónico que dio origen a la emisión de las acciones, (v) en su caso, consignar el nombre y documento de identidad del representante, y los datos de la representación que ejerce, y (vi) firma de todos los interesados.

3. Poderes:
- Los poderes otorgados en provincias para efectos de solicitar la entrega de acciones deben ser legalizados por el Decano de la Junta de Notarios del Perú.
- Para los trámites que impliquen la disposición de acciones, el poder deberá constar en escritura pública. Además del testimonio deberá presentarse la copia certificada o literal de la partida registral donde obre inscrito el poder.
- En todos los casos deberá presentarse copia del certificado de vigencia del poder extendido por el Registro Público con una anticipación no mayor a un mes a la fecha de presentación de la solicitud.

4. Otra documentación:
- La sociedad se reserva el derecho de exigir la presentación de cualquier otro documento público o privado que considere conveniente o necesario para salvaguardar los derechos de quienes aparecen como titulares en la Matrícula de Acciones.

Importante: 1. La atención será exclusivamente al titular de las acciones o a su apoderado quienes deberán presentar los documentos que se señalan en nuestra cartilla de requisitos exigidos para el retiro de certificados de acciones. 2. Las personas que adquirieron sus acciones a través del Sistema de Participación Ciudadana no se les emite certificado de acciones por estar éstas registradas en el Sistema de Anotación en Cuenta en CAVALI ICLV S.A. Toda la información relativa a dichos valores deberá ser solicitada ante la Entidad Administrativa de Post Venta (Sociedad Agente de Bolsa o Banco) responsable de la custodia de las acciones adjudicadas.

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